domingo, 3 de enero de 2010

¿Cuáles son las grandes faltas de garantías de las uniones homosexuales?


En el último proceso eleccionario en Chile, la falta de garantías legales para las uniones entre personas del mismo sexo se han puesto como una de las grandes deudas de nuestra sociedad, pero al revisar algunos de los derechos o garantías que las parejas heterosexuales tienen resulta que la deuda es bastante menor a la cobertura publicitaria que ha tenido.
En derechos hereditarios existen para los homosexuales, igual que para el resto de las personas, el cuarto de libre disposición y la cuarta de mejora, es decir, tienen acceso a la mitad del patrimonio de su pareja, lo anterior en el caso de que no existan hijos; tienen derecho a coberturas de salud desde o hacia su pareja ya que pueden existir terceros como cargas en Isapres y Fonasa; pueden crear sociedades para compra de bienes en comunidad; pueden tener coberturas al fallecimiento de cualquiera de ellos a través de las pólizas de Seguro de Vida, donde la designación de beneficiarios es a discreción del contratante. En resumen, los grandes reclamos sobre falta de derechos patrimoniales o indefensión patrimonial no es tal y existen las formas para conseguir que se cumpla la voluntad de estas uniones.
Lo que definitivamente queda pendiente es el derecho sobre los fondos previsionales, tema que es factible corregir con una modificación a le ley.
El otro derecho reclamado es la adopción de niños. Esta corrección debería ser de un debate largo y profundo, donde la sociedad deba pronunciarse sobre entregar o no niños a las parejas homosexuales, aunque parece que este punto no es tan relevatnte para quiene reclaman la falta de estos derechos, porque jamás es presentado por las organizaciones a favor de estas uniones ni tampoco lo hizo Marco Enríquez Ominami y sólo han llevado el debate a una injusticia respecto a los tratamientos patrimoniales. Entonces alegrémonos de los fácil que será corregir la ley previsional y asunto resuelto, ¿o no? ¿O más bien les falta orientación y conocimiento sobre el uso de las leyes que les protegen igual que al resto de los ciudadanos? ¿o es que el pedido es de derechos puntuales y exclusivos? Cuidado con que se termine corrigiendo deiscriminación con más discriminacióno con que terminemos quitándole derechos patrimoniales a los hijos para favorecer a la pareja.
¿Finalmente, les intersa a las parejas homosexuales la adopción de hijos?

2 comentarios:

Felipe Budinich dijo...

Felicitaciones por su blog. Llama la atención que alguien escriba tan bien y no tenga comentarios.

Saludos

Rodrigo Llanos dijo...

jajaja ... bueno amigo, Yo escribo y algo de esto ha salido en diferentes Diarios, pero no los leo ... y sería muy pertencioso que además opine, porque podría pasar que No esté de acuerdo con lo que pienso (cita memorable de Carlos Cazzeli)